Regulan el sentido de las calles de la ciudad

En una sesión celebrada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante se sancionó con fuerza la reglamentación sobre el sentido de circulación de las calles de Ituzaingó la cual se encuentra dentro del plan de ordenamiento de tránsito vehicular.
La Ordenanza Municipal Nº 33/09 se dictaminó considerando que, solo algunas calles de la ciudad poseen determinadas el sentido de circulación y que coincide con el estado de adoquinados de las mismas al momento del dictado de la norma, ya que en los últimos años se han adoquinado mas calles las cuales actualmente carecen de sentido de circulación, y la cual se debe ampliar la designación de sentidos de circulación ya que de esta forma se regularizará y ordenará el transito en la planta urbana con arterias adoquinadas.
Por todo ello el Concejo decide:
• Art. 1º: DETERMINAR que la calle Bernardino Valle, desde la Calle San Martin tenga sentido de circulación de Suroeste a Noreste.
• ART. 2º: DETERMINAR, que la calle Francisco López, desde la Av. Sargento Cabral hasta Antártida Argentina, tenga sentido de circulación de Suroeste a Noreste
• ART. 3º: DETERMINAR, que la calle Buenos Aires, desde la Av. Sargento Cabral hasta Apipé, tenga sentido de circulación de Noreste a Suroeste.
• ART. 4º: DETERMINAR, que la Calle Corrientes, desde la Av. Sargento Cabral, hasta Apipé tenga sentido de circulación de Suroeste a Noreste.
• ART. 5º: DETERMINAR, que la calle Posadas, desde la Av. Sargento Cabral, hasta Apipé tenga sentido de circulación de Noreste a Suroeste.
• ART.6º: DETERMINAR, que la calle Entre Ríos, desde la Av. Sargento Cabral, hasta Apipé tenga sentido de circulación de Suroeste a Noreste.
• ART. 7º: DETERMINAR, que la Avenida 3 de Abril, desde la Av. Sargento Cabral, hasta Apipé tenga doble sentido de circulación.
• ART. 8º: DETERMINAR, que la Av. Sargento Cabral, desde la calle Jujuy hasta Francisco López, tenga doble sentido de circulación.
• ART. 9º: DETERMINAR, que la calle Centenario, desde la Av. 3 de Abril hasta Bernardino Valle, tenga sentido de circulación de Sureste a Noroeste y doble sentido desde Av. 3 de Abril hasta Ruta Nacional Nº 12.
• ART. 10º: DETERMINAR, que la calle Libertador, desde la calle Bernardino Valle, hasta Av. 3 de Abril tenga sentido de circulación de Noroeste a Sureste.
• ART. 11º: DETERMINAR, que la calle Paraná, desde la calle Bernardino Valle, hasta Av. 3 de Abril tenga sentido de circulación de Noroeste a Sureste.
• ART. 12º: DETERMINAR, que la calle Bolívar, desde la Av. 3 de Abril, hasta Bernardino Valle tenga sentido de circulación de Sureste a Noroeste.
• ART. 13º: DETERMINAR, que la calle San Martín, desde la calle Francisco López, hasta Av. 3 de Abril tenga sentido de circulación de Noroeste a Sureste y doble sentido desde Av. 3 de Abril hasta Av. 9 de Julio.
• ART. 14º: DETERMINAR, que la calle Belgrano, desde la Av. 3 de Abril, hasta Francisco López tenga sentido de circulación de Sureste a Noroeste y doble sentido desde Av. 3 de Abril hasta Av. 9 de Julio.
• ART. 15º: DETERMINAR, que la calle Sudamérica, desde la calle Francisco López, hasta Av. 3 de Abril tenga sentido de circulación de Noroeste a Sureste.
• ART. 16º: DETERMINAR, que la calle Brasil, desde Av. 3 de Abril, hasta la calle Francisco López tenga sentido de circulación de Sureste a Noroeste.
• ART. 17º: DETERMINAR, que la calle Antártida Argentina, desde la calle Francisco López, hasta la calle Entre Ríos tenga sentido de circulación de Noroeste a Sureste.
• ART. 18º: DETERMINAR, que la calle Perú, desde la Av. 3 de Abril hasta Buenos Aires, tenga sentido de circulación de Sureste a Noroeste.
• ART. 19º: DETERMINAR, que la calle Iberá, desde la calle Buenos Aires, hasta Av. 3 de Abril tenga sentido de circulación de Noroeste a Sureste.
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